1. Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en los Registros Públicos
Debemos en primer lugar acudir a la Oficina de Registros Públicos, y verificar que no exista en el mercado un nombre (razón social) igual o similar al que le queremos poner a nuestra empresa.
Al buscar los nombres existentes, debemos asegurarnos de que éstos no se parezcan ni suenen igual al que vamos a usar, debe haber un mínimo de tres letras diferentes.
Una vez realizada la búsqueda y confirmado de que no existen nombres iguales o similares al que vamos a usar, debemos reservar nuestra razón social para que otra empresa no pueda inscribirse con ese nombre, siendo efectiva la reserva por un plazo de 30 días.
2. Elaboración de la minuta
La minuta es un documento previo en el cual los miembros de sociedad manifiestan su voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos.
La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a ésta.
3. Elevar la minuta a escritura pública
El siguiente trámite es llevar la minuta ante un notario para validar el proceso adjuntando además un comprobante de depósito de capital a nombre de la empresa, un inventario de los bienes no monetarios y un certificado de Búsqueda Mercantil otorgado por Registros Públicos.
4. Inscribir la escritura en Registros Públicos
Se puede realizar este proceso de 2 maneras: usar el registro de propiedades (para empresas tipo S.A.C. , S.A. y S.R.L), o por medio del Registro de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.
5. Obtención del número de RUC
Para ello se debe acudir a la SUNAT y especificar el régimen tributario al cual se acogerá la empresa. Este paso es clave para formalizar la empresa.
6. Elegir régimen tributario
En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención de nuestro RUC, debemos determinar a cuál régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, ya sea al Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), Regimen MYPE Tributario o al Régimen General.
7. Comprar y legalizar libros contables
En este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del régimen tributario al cual nos hayamos acogido; y posteriormente, acudimos a una notaria para que sean legalizados por un notario público.
8. Legalizar el Libro de Planillas en el Ministerio de Trabajo (si fuera el caso)
Según la ley, todos los trabajadores de una empresa, no importa las horas que trabajen, deben estar en planilla (lo que implica recibir beneficios tales como gratificaciones, compensación por tiempo de servicio, etc.).
Para este paso, debemos acudir al ministerio de Trabajo, en donde se legalizarán las planillas
Fuente: Boletín Pymex
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